lunes, 19 de diciembre de 2011

Bonorum Possessio

El "Bonorum Possessio" es la posesión de los bienes hereditarios que concede el pretor previa solicitud de la persona interesada. Una vez concedido se adquiere la condición simple de poseedor de dichos bienes.

Hay 7 tipos de Bonorum Possessio, a continuación se adjuntan los diferentes tipos y una breve explicación:

  1. Bonorum Possessio edictalis:si el supuesto está contemplado en el edicto.
  2. Bonorum Possessio decretalis: si el supuesto no está contemplado en el edicto. 
  3. Bonorum Possessio contra testamento: el pretor concede la posesión en contra de lo establecido en el testamento. 
  4. Bonorum Possessio según testamento: el pretor concede la posesión a la persona establecida por el testamento aún si adolece vicios de forma. 
  5. Bonorum Possessio sin testamento: el pretor concede la posesión sin existir testamento válidos, basándose en parentesco consanguíneo. 
  6. Bonorum Possessio sine re: cuando el pretor tras haber concedido la posesión no sigue apoyando al bonorum possessor porque gana el heredero civil. 
  7. Bonorum Possessio cum re: el pretor apoya al bonorum possessor frente al civil.

viernes, 9 de diciembre de 2011

¿Qué es la colación hereditaria?

La colación es el procedimiento de transmisión de una parte de la herencia a herederos forzosos inter-vivos. Este procedimiento se tiene en cuenta en los regalos de bodas de elevada cuantía, donaciones realizadas en vida y transferencias de capital o propiedades sin contraprestación económica.

La colación no es usual encontrarla en operaciones económicas, pero es un procedimiento de transmisión de propiedad válido como la adjudicación de herencia.